Colombia da al almacenamiento de energía una base de política pública
Colombia ha emitido un nuevo decreto que establece lineamientos de política pública para integrar los sistemas de almacenamiento de energía tanto en su Sistema Interconectado Nacional como en las Zonas No Interconectadas. La medida es importante porque otorga al almacenamiento un papel institucional más claro en un sistema eléctrico que enfrenta una creciente participación de energías renovables variables y los desafíos operativos que ello conlleva.
La medida, el Decreto 0393, hace más que reconocer al almacenamiento como una infraestructura útil. Establece criterios para su despliegue, permite que los sistemas de almacenamiento participen en los mercados eléctricos y crea la base de política para su remuneración. Esa combinación es importante. Los proyectos de almacenamiento suelen depender no solo del reconocimiento técnico, sino también de una estructura de mercado que defina qué servicios pueden prestar y cómo se pagarán esos servicios.
Lo que el decreto dice que puede hacer el almacenamiento
Según el texto fuente proporcionado, la regulación colombiana reconoce a los sistemas de almacenamiento de energía como activos capaces de prestar múltiples servicios en toda la red. Esos servicios incluyen regulación primaria y secundaria de frecuencia, soporte de voltaje, respaldo de energía, capacidad de arranque en negro, gestión de la demanda y alivio de congestiones en las redes de transmisión y distribución.
Esa amplia lista refleja cómo el almacenamiento ha evolucionado desde una herramienta de equilibrio de nicho hasta convertirse en una pieza flexible de la infraestructura de red. En términos prácticos, las baterías y otras tecnologías de almacenamiento pueden ayudar a estabilizar la frecuencia del sistema, respaldar la confiabilidad tras perturbaciones y trasladar electricidad desde períodos de menor demanda a las horas pico, cuando tiene más valor o se necesita con mayor urgencia.
El decreto también permite explícitamente el desplazamiento de energía. Eso significa que la electricidad puede almacenarse cuando la demanda es baja y despacharse más tarde cuando la demanda es alta. En sistemas con una expansión de la generación solar y eólica, esa función puede volverse central para la planificación de la red porque ayuda a alinear la oferta intermitente con los patrones de consumo.
Por qué importa ahora este cambio de política
La política llega en un contexto de creciente penetración de renovables, que la fuente identifica como parte de la justificación del nuevo marco. A medida que más generación variable entra al sistema, los operadores de red necesitan herramientas que puedan responder rápidamente a los desbalances, suavizar las fluctuaciones y reducir la presión sobre la infraestructura de la red.
El paso de Colombia es notable porque empieza a mover el almacenamiento de una idea complementaria a un participante reconocido del mercado. Esa es una transición significativa. Cuando la regulación define el almacenamiento como un activo con múltiples funciones en el sistema, resulta más fácil construir reglas de planificación, mecanismos de compensación y casos de inversión en torno a él.
El decreto también cubre las Zonas No Interconectadas, no solo la red interconectada principal. Esto puede ser especialmente importante para regiones donde la infraestructura convencional puede ser más débil o donde la resiliencia local y las capacidades de respaldo pueden tener un valor desproporcionado. El texto fuente no ofrece detalles técnicos sobre cómo se priorizarán esas zonas, pero su inclusión sugiere una ambición de política a escala nacional y no un marco limitado a la red principal.
El siguiente paso es el diseño del mercado
La implementación estará a cargo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas de Colombia, o CREG. Según el decreto, la CREG tiene la tarea de definir los mecanismos específicos de remuneración, las reglas operativas y los marcos de participación en el mercado para los sistemas de almacenamiento.
Esa siguiente fase determinará cuán transformador será el decreto en la práctica. El reconocimiento de política pública es un paso; las reglas de mercado utilizables son otro. Desarrolladores, empresas de servicios públicos y operadores del sistema estarán atentos a cómo se estructura la compensación y a si el almacenamiento podrá combinar varias fuentes de ingresos vinculadas a los distintos servicios de red que puede prestar.
El texto fuente deja claro que el decreto establece una base, no un régimen operativo completamente detallado. En otras palabras, el gobierno ha creado la arquitectura de política, mientras que el regulador ahora debe traducir esa arquitectura en reglas viables.
Una señal más amplia para la región
Aun en la forma limitada descrita por el material proporcionado, el decreto envía una señal más amplia sobre cómo los sistemas eléctricos latinoamericanos se están adaptando a una matriz de generación más limpia pero también más variable. Cada vez más, el almacenamiento se trata no como un complemento marginal, sino como una infraestructura que puede servir al mismo tiempo a la confiabilidad, la flexibilidad y la eficiencia del mercado.
Para Colombia, eso significa que el almacenamiento queda ahora vinculado formalmente a varias de las necesidades centrales del sistema eléctrico: equilibrio, respaldo, soporte a la red y gestión de picos. El decreto no resuelve todas las preguntas, pero reduce una de las mayores fuentes de incertidumbre para los mercados de almacenamiento emergentes: si la tecnología está plenamente reconocida en la política y si existe un camino para su pago.
Eso importa para inversionistas y operadores porque la incertidumbre sobre ingresos y clasificación a menudo ha frenado el despliegue incluso cuando el caso técnico del almacenamiento es sólido. Al definir explícitamente los servicios de almacenamiento y asignar al regulador la responsabilidad de las reglas detalladas del mercado, Colombia ha dado un paso para convertir el potencial técnico en infraestructura financiable.
La importancia de la medida, por tanto, tiene menos que ver con el anuncio de un proyecto puntual que con la preparación institucional. El Decreto 0393 enmarca el almacenamiento como un activo de múltiples funciones dentro del sistema eléctrico nacional y pide a los reguladores que construyan las reglas comerciales en torno a esa realidad. Si esas normas de seguimiento son sólidas, Colombia podría pasar de hablar del valor del almacenamiento a contratarlo de manera sistemática.
Este artículo se basa en información publicada por PV Magazine. Leer el artículo original.
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